GSI 2015 Supuesto 1 convocatoria libre.

Enunciado

La entrada en vigor de la Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, conocida también como la Ley del emprendedor y su normativa asociada, permitirá la creación del Punto de atención al emprendedor electrónico (PAEe). El PAEe es un sistema de información que permitirá a los emprendedores y empresarios gestionar todo el ciclo vida de su empresa (la creación, la ejecución y el cese) independientemente del tipo de empresa: Autónomos (AUT), Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL), Comunidades de Bienes (CB), Sociedades Civiles (SC), Cooperativas, etc.

Parte de esta funcionalidad ya estaba cubierta por el antiguo Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), que permite a los emprendedores realizar los trámites de constitución y puesta en marcha de Autónomos (AUT) y sociedades de responsabilidad limitada (SRL).

El CIRCE recoge toda la información necesaria en el documento único electrónico (DUE) y realiza los trámites con todos los actores involucrados en el proceso de constitución. Para ello, se apoya en una importante red de oficinas denominadas puntos de asesoramiento al emprendedor (PAE) repartidas por todo el territorio nacional. En dichas oficinas se informa a los emprendedores y se cumplimenta el DUE para comenzar con el proceso de constitución. Por otro lado, el CIRCE está disponible por internet, permitiendo que los emprendedores puedan cumplimentar el DUE por su cuenta, requiriendo únicamente que se identifiquen con su certificado digital.

Tal y coma regula la normativa antes mencionada, el PAEe es la evolución del CIRCE, y deberá permitir constituir el resto de tipos de empresas y realizar los trámites relacionados con el ejercicio y el cese de la empresa. Dada la antigüedad del CIRCE, será necesario un proceso de renovación tecnológica del sistema, con la finalidad de disponer de una plataforma más modulable y escalable que dé cabida a las funciones establecidas en la ley así como al resto de tipos societarios.

Se propone la realización de un desarrollo en varias fases. En la 1ª fase se migrará el actual CIRCE con su recogida de datos del DUE y la funcionalidad de creación/puesta en marcha de autónomos (AUT) y de sociedades SRL a la nueva plataforma. En la 2ª fase se abordarán los trámites asociados a la ejecución y al cese para estos tipos de empresas para, finalmente, en una 3ª fase incorporar el resto de tipos societarios. Como asesor técnico de la subdirección al cargo del proyecto, participará en la definición y el análisis del PAEe, para ello deberá realizar las siguientes tareas:

  1. Identificación de los factores críticos de éxito del proyecto.
  2. Representar los requisitos software del actual CIRCE a través de diagramas de casos de uso para poder abordar con éxito la 1ª fase del proyecto (migración del CIRCE al PAEe, ver trámites del anexo 1).
  3. Representar el modelo de dominio de la 1ª fase del PAEe a través de un diagrama entidad-relación extendido. Es importante que el modelo resultante sea genérico para dar soporte al resto de fases del proyecto. Deberá tener en cuenta el propósito del DUE (creación, cese o ejecución) y los futuros tipos de empresa. Indicar posteriormente cómo se ira ampliando el modelo. Ver anexo 2.
  4. Realizar una propuesta tecnológica del PAE electrónico. En dicha propuesta deberá figurar las tecnologías a emplear, los subsistemas que componen el PAEe y la arquitectura de estos (arquitectura del sistema).
  5. Finalmente, desarrollar un plan de gestión del cambio para la 1ª fase de sustitución de CIRCE por el PAEe (indique las estrategias de sustitución).

En todo lo no contemplado en este supuesto, el opositor podrá efectuar las suposiciones que considere convenientes, debiendo siempre hacerlas constar en su propuesta de solución con una justificación.

Anexo 1: Trámites de constitución y puesta en marcha de un autónomo (AUT) o una sociendad (SRL)

  • Registro Mercantil Central: solicitud de la denominación social (solo para SRL).
  • Trámites con la Agencia Tributaria (AEAT):
    • Alta en el Censo de Empresarios (para crear AUT y SRL).
    • Número de identificación fiscal (para SRL).
    • Impuesto sobre actividades económicas (exentas las empresas de nueva creación durante los dos primeros ejercicios) (para SRL).
  • Notario: Escritura pública (para SRL).
  • Consejerías de Hacienda de las CC.AA: Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (SRL).
  • Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS): Alta en el régimen especial de trabajadores autónomos - RETA (AUT).
  • Ayuntamientos: Licencia de actividad (AUT y SRL).
  • Agencia Española de Protección de Datos: Registro de ficheros de carácter personal (AUT y SRL).
  • Registro Mercantil Provincial: Inscripción de la empresa (SRL).

En caso de contratar trabajadores:

  • TGSS: Inscripción de la empresa (AUT y SRL).
  • TGSS: Afiliación de trabajadores (AUT y SRL).
  • TGSS: Alta de los trabajadores en el Régimen de la Seguridad Social (AUT y SRL).
  • Servicio Público de Empleo Estatal: Alta de los contratos de trabajo (AUT y SRL).
  • Consejería de Trabajo de la CCAA: Comunicación de apertura del centro de trabajo (AUT y SRL).

Anexo 2: Información del DUE

  • Datos personales en el caso de Autónomos (nombre, apellidos, dirección...).
  • Datos de la Sociedad (denominación social, capital social, si se acoge a estatutos tipo...).
  • Datos del notario.
  • Datos relativos a la actividad.
  • Datos de naturaleza fiscal (declaración censal1).
  • Datos de los trabajadores (datos personales, contrato de trabajo...).
  • Datos de los centros de trabajo (dirección, características, actividad...).

  1. Por simplicidad se puede asumir que la declaración censal se resume en un conjunto de respuestas de texto libre a una serie de preguntas.