GSI 2015 bloque 3 convocatoria interna.

Enunciado

Una Ley Orgánica prevé que las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales puedan solicitar al Estado el acceso a medidas extraordinarias de apoyo a la liquidez. En base a esta ley se quiere poner en marcha un nuevo mecanismo de financiación que permita compartir los ahorros financieros entre todas las Administraciones, de tal forma que se reduzca el número de entes públicos que se encuentren en situación de riesgo financiero.

De todas las Entidades Locales sólo podrán solicitar la adhesión a esta nueva forma de financiación los Ayuntamientos y las Diputaciones provinciales siempre que se encuentren en situación de riesgo financiero y hayan cumplido con sus obligaciones de remisión de información económica-financiera a la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local (SGCAL).

El proceso de adhesión se ajustará al siguiente procedimiento:

  1. Mediante una resolución el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (MINHAP) publicará los Municipios que podrán solicitar la adhesión al mecanismo.
  2. En el mes siguiente a contar desde la publicación de la resolución, la Entidad Local, a través de su Interventor, presentará la solicitud de adhesión al MINHAP por medios telemáticos y con firma electrónica.
  3. La solicitud deberá ir acompañada de un plan de ajuste, que especifique las medidas a tomar durante la duración del préstamo para su sostenibilidad financiera. Este plan deberá recoger para cada ejercicio:
    • Previsiones de ingresos.
    • Previsiones de gastos.
    • Financiación de servicios públicos (alcantarillado, basuras...).
  4. En el plazo de 2 meses a contar desde la finalización del plazo la presentación de la solicitud de adhesión y de la documentación que debe acompañarla, la SGCAL valorará el plan de ajuste presentado. En ese período, la SGCAL podrá requerir al municipio la inclusión de medidas que considere necesarias para considerar favorable el plan de ajuste, para que en 10 días naturales proceda a las modificaciones.
  5. El Instituto de Crédito Oficial (ICO) podrá consultar el listado de las Entidades Locales cuya valoración del plan de ajuste haya sido favorable para que puedan formalizar las operaciones de préstamo. Concertadas dichas operaciones, el ICO lo notificará al Ministerio.

El órgano de control interno de la Entidad Local velará por la adecuada aplicación del plan de ajuste, a cuyos efectos realizará cuantas actuaciones sean necesarias.

Para tener constancia de la adopción o incumplimiento de dicho plan de ajuste se deberán enviar informes de seguimiento trimestrales con la información actualizada de ingresos, gastos y financiación de servicios públicos. Estos informes servirán a la SGCAL tanto para observar las desviaciones con respecto a lo estimado como para extraer estadísticas para su posterior publicación.

Para llevar a cabo este proyecto es necesario desarrollar un sistema de información que cubra esta funcionalidad teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

  • Al final del proceso se deberá publicar el listado de las entidades locales que hayan concertado operaciones, así como las cantidades aprobadas para que sea accesible al ciudadano.
  • Así mismo se publicará anualmente un listado con el grado de cumplimiento de los planes de ajuste de las Entidades Locales generado a partir del seguimiento trimestral entregado por las mismas.
  • Se deberá llevar a cabo una auditoría de los accesos al sistema de tal forma que quede reflejado tanto quien ha accedido a la aplicación como qué formularios ha consultado.

Como responsable técnico del proyecto se le solicita realizar:

  1. Determinación del ámbito del sistema.
  2. Diagrama de flujo de datos de contexto y de subsistemas.
  3. Determinación de factores críticos de éxito del proyecto.
  4. Relación de casos de uso.
  5. Diagrama de clases, indicando los principales atributos de las clases.

En todo lo no contemplado en este supuesto, el opositor podrá efectuar las suposiciones que considere conveniente, debiendo siempre hacerlas constar en su propuesta de solución acompañadas de su correspondiente justificación.