GSI 2014 supuesto 1 convocatoria libre.

Enunciado

La Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa supuso una reforma de la Ley General de Subvenciones de 2003, creando el Centro Nacional de Información de Subvenciones y Ayudas (CeNaSyA), en los siguientes términos:

A. El CeNaSyA tiene por finalidades promover la transparencia y mejorar la gestión y colaborar en la lucha contra el fraude de subvenciones y ayudas públicas.

B. El CeNaSyA operará como sistema nacional de publicidad de subvenciones, por lo que dispondrá de un sitio web donde se dará publicidad a la base de datos de subvenciones.

C. A tales efectos, las Administraciones concedentes (órganos de la Administración General del Estado, Administración Autonómica y Local y organismos públicos y demás entidades de derecho público de ellas dependientes) tienen la obligatoriedad de remitir al CeNaSyA información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión.

D. El CeNaSyA recogerá, al menos, referencia a las bases reguladoras de la subvención, convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputan, objeto o finalidad de la subvención, identificación de los beneficiarios, importe de las subvenciones otorgadas y efectivamente percibidas, resoluciones de reintegros y sanciones impuestas. El CeNaSyA, además, cuando reciba comunicaciones sobre convocatorias de subvenciones dará traslado al diario oficial correspondiente del extracto de la misma.

E. Igualmente la base de datos del CeNaSyA contendrá la identificación de las personas o entidades incursas en inhabilitación judicial mediante sentencia firme condenatoria de la posibilidad de obtención de subvenciones. La inscripción permanecerá registrada en el CeNaSyA hasta que transcurran 10 años desde la fecha de finalización del plazo de prohibición. La base de datos suministrará información pública sobre las sanciones firmes impuestas por infracciones muy graves. En concreto, se publicará el nombre y apellidos o la denominación o razón social del sujeto infractor, la infracción cometida, la sanción que se hubiese impuesto y la subvención a la que se refiere, siempre que así se recoja expresamente en la sanción impuesta y durante el tiempo que así se establezca.

F. La prohibición de obtener subvenciones será comunicada al CeNaSyA por el Tribunal que haya dictado la sentencia; la comunicación deberá concretar las fechas de inicio y finalización de la prohibición recaída para su registro en la base de datos de subvenciones del CeNaSyA.

Para lo planteado, se pide que realice:

  1. Respecto a lo especificado en los puntos A hasta F, es decir el proyecto CeNaSyA en su conjunto:
    • Determinación del ámbito del sistema, con expresión del diagrama de flujo de datos de contexto. Determinación de los factores críticos de éxito.
    • Modelo entidad/relación extendido.
  2. Exprese con un diagrama de despliegue y componentes la arquitectura física y lógica del sistema. Proponga resumidamente un framework de desarrollo.
  3. Usted ha sido nombrado responsable del desarrollo del subproyecto descrito en las especificaciones E y F. Como tal, y referidas a las citadas especificaciones, se le solicita:
    • Modelado de procesos de las comunicaciones entre los Tribunales y el CeNaSyA, con diagramas de flujo de datos. Proponer de forma escueta una solución tecnológica para el envío de la información al CeNaSyA, teniendo en cuenta que esta red está formada por varios miles de juzgados del orden penal, que se caracterizan por su heterogeneidad en sus modelos y soluciones tecnológicas.
    • Definición de la interfaz de la consulta al CeNaSyA para verificar si un potencial beneficiario está judicialmente inhabilitado o no.

En todo lo no contemplado en este supuesto, el opositor podrá efectuar las suposiciones que considere conveniente, debiendo siempre hacerlas constar en su propuesta de solución.